Tigre

Respuestas de foro creadas

Mostrando 6 respuestas a los debates
  • Autor
    Entradas
    • #19042
      1654429515 bpfullTigre @tigreton

      Tengo el mismo problema con las dichosas criptos. En mi caso empecé hace dos años.

      El primero me pilló la caída del mercado y tuve pérdidas. Como el año pasado en teoría no era obligatorio ni me salió el aviso, no declaré, porque no tenía ni idea de cómo hacerlo ni que era lo que querían.

      Este año ya me sale el aviso de hacienda (culpa de binance, seguro, y ahí tengo apenas 30€, pero da lo mismo, tengo). Tuve alguna pequeña ganancia en comparación con el anterior, y un airdrop en un wallet autogestionado.

      Cómo se haría la declaración? En el borrador creo recordar que sólo hay espacio para cifras finales en una o dos casillas. Todo el tramite de averiguar pérdidas y ganancias lo tendríamos que hacer nosotros por nuestra cuenta con todas las transacciones y creernos que ellos lo verifican, pero como es tan complicado lo mismo se «equivocan» y nos cobran de más.

      En mi caso ¿sólo tendría en cuenta las transacciones del año pasado y obviaría las anteriores? ¿O tengo que incluirlas todas desde el primer día?

      Y si tenemos wallets auto custodiados sin operaciones de compra-venta, ¿podemos no declararlos?

       

      Gracias!

    • #18110
      1654429515 bpfullTigre @tigreton

      Buenos días Remo,

      En mi caso no soy autónomo y estoy en el proceso de crear una asociación sin ánimo de lucro (está todo aprobado ya por la administración pública excepto el alta en el IAE). Cómo quedan dos semanas para el fin de año y aún falta trabajo por hacer en la creación de los primeros eventos y productos, hemos decidido perder las navidades y registrarnos en el IAE en enero.

      Será un error, pero por quitarnos problemas después lo hemos hecho así, por si la liamos. Nos está costando encontrar un buen asesor especializado en arte, artesanía o asociaciones (si sabéis de alguno, por favor, escribidme, porque es un dolor de cabeza).

      Mi duda es. No paro de ver gente lanzándose a la piscina de cualquier manera, vendiendo a lo loco por internet cualquier cosa sin ser autónomos. Si les pasan cosas o no, no lo sabremos, no lo contarán.

      Aunque queda poco para enero, ¿Hay alguna forma de ir realizando ventas (stripe, hotmart, PayPal, wise, Amazon KDP, Patreon, etc…) y retrasar la fecha de la compra para meterla en el siguiente ejercicio trimestral?

      Quiero decir, realizar la factura en enero aunque se haya cobrado hoy mismo, por ejemplo.

      ¿Es posible o después las plataformas darán el chivatazo y nos vendrá Hacienda con una colleja por no haber puesto la fecha exacta?

      En el caso de Amazon KDP tal vez se pueda, porque no te pagan las comisiones hasta tres meses después, y tal vez no sea necesario declararlo hasta que recibes el pago por su parte.

      Pero las otras suelen ser más inmediatas.

      Nos gustaría hacer un prelanzamiento por estas fechas, pero somos unos cobardes con el rollo legal y no hemos dado el paso.

      ¿Esperamos o Vendemos ya?

      Muchas Gracias!

       

       

    • #15360
      1654429515 bpfullTigre @tigreton

      Si realizo ventas de productos de segunda mano sin ser autónomo a través de vinted, wallapop o similar tendré que declararlo el año que viene sin importar la cantidad ganada o hay que superar un mínimo? Donde tendría que ponerlo en la declaración?

       

      gracias!

    • #15350
      1654429515 bpfullTigre @tigreton

      Creo recordar que al final este año retrasaron la obligatoriedad de declarar criptomonedas (hasta el 2024).

      Si las declaramos, aunque tengamos un mísero euro, ¿Con cuánto se quedaría hacienda, cómo lo calculamos y les hacemos llegar los datos de cada transacción?

      Me imagino que para el pago, lo juntarían al resto de cantidades de cada declaración y habría que abonarlo antes de junio con dinero Fiat del banco. ¿Si tenemos menos de 50000€ en la billetera, y no declaramos, nos puede caer una multa?

      Un saludo.

    • #14472
      1654429515 bpfullTigre @tigreton

      Hace unos años sacaron una ley que obligaba a los artistas y profesionales independientes (pintores, cantantes, periodistas, deportistas…) a declarar sus ingresos por IRPF y multándoles por tener una empresa pantalla si lo hacían a través de una SL con el imp. de sociedades.

      cómo hacemos si tenemos algunos servicios del tipo personalísimos, que sólo podemos hacer nosotros (por ejemplo, vendiendo un cuadro a un museo o a un coleccionista privado o escribiendo un libro) y por otro lado una tienda normal y corriente de productos físicos y/o digitales?

      Cómo lo separamos para que hacienda no me diga que tengo una empresa pantalla.

      Contratando a personal para justificar que la empresa no es de una sola persona?

      Se pueden declarar unos ingresos en el IRPF y otros a través de la empresa aunque se facturen todas las ventas a través de la empresa?

      Cómo tendría que hacerlo para que fuera legal tener una SL siendo artista?

       

    • #14447
      1654429515 bpfullTigre @tigreton

      Mutis then… Simplificando.

       

      Gracias

    • #12649
      1654429515 bpfullTigre @tigreton

      sólo uno, da igual .com o .es, hoy en dia en el seo cualquiera de los dos posiciona muy bien porque lo que importan son otras estrategias además del contenido, no os limitéis.

      Uno y listo, no se necesitan más.

      en un proveedor que aproveche ofertas en el registro, después no suele haber. y al principio barato, hasta que aprendáis a usarlo y ganéis experiencia. No tengáis miedo, si tenéis que empezar con uno gratis hasta cogerle el truco lo hacéis.

      No vais a tener muchísimas visitas desde el inicio, así que id probando y adaptaros sobre la marcha.

    • #18116
      1654429515 bpfullTigre @tigreton

      Bueno es saberlo! Gracias! 😉

    • #18096
      1654429515 bpfullTigre @tigreton

      Joan, aunque los cambios posteriores no se hayan realizado con contrato de por medio (muy inocente por vuestra parte) si en el contrato inicial sí hay unos plazos que no se han cumplido podéis incluso denunciarle. El problema es que la denuncia lleva un coste porque será superior a 2000€ euros la cantidad a reclamar, pero de entrada podéis ir pidiendo ya los accesos para hacer copias de seguridad por vuestra cuenta (que no os lo pueden negar, sino denuncia en la policía). Por otro lado, a partir de hoy, yo exigiría una reunión con este tipo y le obligaría a firmar un nuevo contrato. Si en menos de un mes no se empiezan a cumplir las tareas asignadas en ese contrato, tu te puedes marchar a otra empresa sin la obligación de avisar o compensarles de ninguna manera, y ellos te tienen que pagar a ti una penalización de x dinero por cada tarea no entregada a tiempo. Estás cosas se hacen en las grandes consultoras, porque si no les estafan. ¿Es un coñazo tanta reunión y tanto contrato? Sí, por eso no se hace, y luego pasan estas cosas. De hecho me da que ese tipo debe trabajar sólo o con cuatro gatos que no tienen ni idea, por eso el retraso. Cambia, aunque te endeudes un año, hay profesionales muy buenos que no te salen tan caros.

    • #14497
      1654429515 bpfullTigre @tigreton

      Gracias, me has ayudado mucho!

      Sí lo he entendido bien, máximo el 75% a través de la empresa y el resto por autónomo (mínimo 25%) para que no haya acusación por parte de Hacienda.

      Por lo que si no vendiera nada a nivel individual y sólo a través de la tienda (imagina, producto físico, tazas de café), tendría que inventarme algún servicio extra como autonomo facturado a mi SL (ejemplo: ilustración para tazas y diseño web) para evitar problemas después.

      Tela.

       

       

       

       

Mostrando 6 respuestas a los debates

Bueno, buno, vino, vano...

Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.

Para más información, te invitamos a consultar nuestra Política de Cookies en este sitio web.